
- Este cuerpo puede solicitar información a organismos, tomar declaraciones a testigos, solicitar peritajes, recibir material probatorio y efectuar denuncias. Tiene 3 meses desde su constitución para elaborar un informe final.
- Estará integrada por 28 diputados. El bloque con mayor representación será Unión por la Patria, con 6 bancas; seguido por el PRO y La Libertad Avanza, con 4 cada uno.
Funcionarios del Poder Ejecutivo deberán presentarse el 22 de abril a una interpelación en la Cámara de Diputados por el caso “$LIBRA”, originado el 14 de febrero último luego de que el presidente Javier Milei promocionara en X una criptomoneda que se desplomó horas después generando pérdidas millonarias a más de 44 mil inversores.
Además, en el ámbito de la Cámara baja la oposición alcanzó los votos necesarios para crear una comisión investigadora sobre el caso y emitir un pedido de informes al Ejecutivo. Las claves sobre el tema.
Qué objetivos y atribuciones tiene la comisión que investigará el caso $LIBRA
De acuerdo con la resolución aprobada por la Cámara, el objetivo de la comisión es investigar los hechos y “determinar el grado de participación y la responsabilidad política de Javier Milei, Karina Milei, Manuel Adorni, Luis Caputo” y otros funcionarios.
Para eso, se le asignan las siguientes atribuciones:
- Remitir oficios y solicitar documentación a entes públicos (nacionales, provinciales o municipales) o privados;
- Convocar a funcionarios y a terceros interesados y tomar declaraciones testimoniales;
- Recibir denuncias y material probatorio y efectuar denuncias;
- Solicitar peritajes a organismos públicos, universidades o instituciones científicas;
- Y dar aviso a las autoridades competentes ante cualquier tipo de interferencia o resistencia al desarrollo de las actividades de la comisión.
Cuántos integrantes tendrá, cómo se eligen las autoridades y qué necesita para sesionar
La resolución aprobada por la Cámara dice que la comisión tendrá 2 integrantes de cada bloque o interbloque que cuente con más de 5 integrantes y uno por cada bloque o interbloque que cuenta con 5 diputados. Además, por cada 20 diputados de cada uno de esos bloques se sumará un integrante a la comisión.
Con estos parámetros, la semana del 14 de abril se oficializó la conformación de la comisión, que tendrá 28 integrantes. Serán 6 integrantes de Unión por la Patria, 4 de La Libertad Avanza, 4 del PRO, 2 de la Unión Cívica Radical, 2 de Encuentro Federal, 2 de la Coalición Cívica, 2 Innovación Federal, 2 de Democracia Para Siempre, 2 de la Liga del interior y 2 del Frente de Izquierda. En este link, se puede acceder al listado completo.
Las autoridades (presidente, vicepresidente y secretario) se eligen por mayoría de votos. La comisión necesita la mayoría de los miembros presentes para sesionar, pero pasada media hora, se podrá, con la asistencia de al menos un tercio de los integrantes, considerar y despachar los asuntos a tratar. Las decisiones se toman por mayoría absoluta, salvo en los casos en los que la propia comisión establezca mayorías especiales.
La comisión tiene un plazo de 3 meses desde su constitución (se prevé que sea el 23 de abril) para la producción de sus informes, dictámenes y conclusiones. El informe final y las conclusiones deben ser elevadas a la Cámara de Diputados.
Qué dice el reglamento de la Cámara sobre las comisiones investigadoras
El reglamento de la Cámara de Diputados establece que, “en los casos que estime conveniente, o en aquellos que no estén previstos en este reglamento”, la Cámara “podrá nombrar o autorizar al presidente para que nombre comisiones especiales que dictaminen sobre ellos”.
“La atribución del Congreso de investigar se ejerce generalmente a través de ‘comisiones investigadoras’ de las cámaras, que suelen tener las siguientes características: son temporarias, están dirigidas a investigar una determinada materia, o hecho, o actividad, están integradas por representantes de los distintos bloques, pueden ser unicamerales o bicamerales, y luego de realizada su tarea elevan su informe al pleno de la Cámara”, explica un trabajo del constitucionalista Pablo Manili.
El informe agrega que, “si bien no hay norma expresa en la Constitución argentina sobre este tema, desde antiguo se les reconoce a las cámaras del Congreso facultades para investigar hechos relacionados con las materias de su competencia”.
Y concluye: “Evidentemente, las prácticas parlamentarias disímiles, la escasa jurisprudencia de la Corte y la variedad de las opiniones doctrinarias hacen necesario el dictado de una ley reglamentaria del proceder de estas comisiones”.
Fuente Chequeado